Reenganche y pago de salarios caídos en Venezuela: cómo solicitarlo ante la Inspectoría del Trabajo (requisitos y pasos)
El reenganche y pago de salarios caídos es el procedimiento con el que un trabajador despedido injustificadamente exige que lo reincorporen a su puesto y le paguen los salarios dejados de percibir. El dato que decide tu caso: tienes un plazo breve para acudir a la Inspectoría del Trabajo tras el despido, y durante el proceso el patrono no puede contratar a otra persona para tu cargo. Otro punto clave: la orden de la Inspectoría es ejecutable y, si el patrono se niega, se puede acudir a los tribunales laborales. En esta guía te explicamos cómo funciona, plazos y pasos.
Aviso: Sitio informativo independiente. No brindamos asesoría legal ni representamos a ningún organismo. El trámite se hace ante la Inspectoría del Trabajo. Verificamos cada dato en la fuente oficial. Última verificación: 16 de julio de 2026.
¿Qué es el reenganche?
Es la restitución del trabajador a su puesto cuando fue despedido estando amparado por la estabilidad o inamovilidad laboral. El procedimiento está previsto en el artículo 91 de la LOTTT (Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras) e incluye tanto la reincorporación como el pago de los salarios caídos hasta la fecha efectiva de reenganche.
El plazo: no lo dejes pasar
El trabajador debe solicitar la protección a la Inspectoría del Trabajo dentro de un plazo breve (por regla, los primeros días continuos siguientes al despido). Presentada la solicitud, el patrono no puede contratar a nadie para ese cargo mientras dure el procedimiento. Actuar rápido es determinante para que proceda.
¿Qué comprende la orden?
- Reincorporación (reenganche) al mismo puesto y condiciones.
- Pago de los salarios caídos desde el despido hasta la reincorporación efectiva.
- Si el trabajador opta por no reengancharse, corresponde el pago de las prestaciones e indemnizaciones que la ley prevé.
Cómo iniciarlo paso a paso
- Acude a la Inspectoría del Trabajo de tu jurisdicción dentro del plazo.
- Presenta la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, indicando la fecha y las circunstancias del despido.
- La Inspectoría notifica al patrono y desarrolla el procedimiento con garantías de debido proceso y derecho a la defensa.
- Si procede, se dicta la orden de reenganche; ante negativa del patrono, se acude al tribunal laboral para la ejecución forzosa.
¿Ya no quieres reenganche o falta documentación? Qué hacer
- Necesitas acreditar la relación laboral: solicita la constancia de trabajo (Forma 14-100).
- Quieres verificar tu registro en seguridad social: revisa tu inscripción como trabajador ante el IVSS.
- El caso involucra a la empresa como empleador: revisa la inscripción de empresa ante el IVSS.
- Requiere asesoría específica: acude a la Inspectoría o a un abogado laboral; esta guía es informativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el reenganche?
La restitución del trabajador despedido injustificadamente a su puesto, con pago de salarios caídos (art. 91 LOTTT).
¿Dónde se solicita?
Ante la Inspectoría del Trabajo de tu jurisdicción.
¿Tengo un plazo para pedirlo?
Sí; debes solicitarlo en los días continuos siguientes al despido. No lo dejes pasar.
¿El patrono puede contratar a otro en mi lugar?
No mientras dure el procedimiento de reenganche.
¿Qué incluye la orden?
La reincorporación al puesto y el pago de los salarios caídos hasta la reincorporación efectiva.
¿Qué pasa si el patrono no cumple?
La orden es ejecutable; se puede acudir al tribunal laboral para la ejecución forzosa.
¿Puedo renunciar al reenganche?
Sí; en ese caso corresponde el pago de las prestaciones e indemnizaciones previstas por la ley.
Para trámites relacionados, revisa la constancia de trabajo (14-100), la inscripción del trabajador ante el IVSS y la inscripción de empresa ante el IVSS. Y explora la guía completa de trámites para venezolanos.
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Aviso: Sitio informativo independiente. No brindamos asesoría legal. Realiza el trámite ante la Inspectoría del Trabajo. Última verificación: 16 de julio de 2026.

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