Cómo cambiar las características de un vehículo ante el INTT en Venezuela: cuándo aplica y requisitos
Pintaste el carro de otro color, le cambiaste el motor o le hiciste una modificación a la carrocería, y ahí quedó: el Certificado de Registro de Vehículo sigue diciendo los datos con los que salió de fábrica u originalmente registrado. Eso no es un detalle estético que se resuelve solo; es una discrepancia entre lo que dice tu documento legal y lo que realmente circula, y el trámite que la corrige —o que la deja pendiente si no lo haces— es el Cambio de Características ante el INTT. Vale la pena entenderlo antes de modificar el vehículo, no después de que un funcionario de tránsito o el taller de la revisión técnica te lo señalen.
Qué se considera «cambio de características» y qué cambios están permitidos
Los cambios permitidos varían según el tipo de vehículo: color y motor para todo vehículo; además cantidad de puestos en transporte público; y también estructura y función (estacas, furgón, plataforma, grúa pluma, chasis para remolque) en vehículos de carga.
Según el propio INTT, los cambios permitidos varían según el tipo de vehículo. Para todo vehículo en general, se contempla el cambio de color y de motor. Para vehículos de transporte público, además de color y motor, se permite modificar la cantidad de puestos. Para vehículos de carga, el abanico es más amplio: color, motor, estructura y función —por ejemplo, pasar a estacas, furgón cerrado, plataforma, grúas tipo pluma, o chasis para acoplar remolque tipo gandola—. El propósito declarado del trámite es actualizar el Certificado de Registro de Vehículo una vez que el vehículo ya fue pintado o se le reemplazó el motor, para que el documento vuelva a coincidir con la realidad física de la unidad.
¿Y la conversión a gas (GNV) o las modificaciones estructurales mayores?
La página oficial de este trámite no menciona la conversión a GNV como cambio de característica; si tu modificación no está en la lista oficial, confirma con el INTT si necesitas además una homologación específica antes de circular.
Este es un punto donde hay que ser honestos sobre los límites de lo que pudimos verificar: la página oficial de este trámite específico no menciona la conversión a gas natural vehicular (GNV) como un cambio de característica dentro de este proceso puntual. Lo que sí está claro, por el principio general que recoge la normativa de tránsito, es que ningún vehículo puede modificarse en sus características originales sin autorización expresa del ente competente, y que toda transformación que altere la estructura, función o apariencia de una unidad requiere ese aval previo. Si tu modificación es una conversión a gas o un cambio estructural mayor que no aparece en la lista oficial de «color, motor, puestos, estructura y función», no asumas que el Cambio de Características genérico lo cubre automáticamente: confirma con el INTT si tu caso requiere, además, una homologación específica antes de circular con la modificación hecha.
Documentos requeridos
Se exige Planilla Única de Trámite, factura original del trabajo realizado, cédula laminada vigente, Certificado de Registro original, Constancia de Experticia de Verificación Legal original, póliza de RC opcional y poder notariado si actúas por representante.
El INTT pide: Planilla Única de Trámite, factura original del trabajo o modificación realizada, cédula de identidad laminada vigente, Certificado de Registro de Vehículo original, Constancia de Experticia de Verificación Legal original, póliza de responsabilidad civil (copia, opcional) y, si actúas mediante representante, el poder debidamente notariado. La Experticia de Verificación Legal —que ya cubrimos en detalle en otra guía— es un requisito que comparte con otros trámites vehiculares del INTT, así que si ya la tramitaste recientemente para otro fin, puede servirte también aquí siempre que esté vigente.
Paso a paso para tramitarlo
El proceso combina gestión en línea (Planilla Única de Trámite, selección de oficina y de «Cambio de Características») con el pago y la entrega del Certificado de Registro actualizado al correo electrónico registrado.
El proceso combina gestión en línea y presencial:
- Ingresa al portal del INTT y accede a la Planilla Única de Trámite con tus credenciales.
- Selecciona la opción Registro/Vehículos, elige la oficina más cercana y el tipo de vehículo.
- Dentro del listado de servicios, selecciona «Cambio de Características«.
- Realiza el pago por los medios habilitados una vez que el sistema verifica la información en línea.
Una vez procesado, el INTT envía el Certificado de Registro de Vehículo actualizado, con el cambio físico incorporado, al correo electrónico registrado. Los tiempos de procesamiento exactos no aparecen detallados en las fuentes oficiales revisadas; ese dato queda como no verificado y conviene confirmarlo al momento de iniciar el trámite en tu oficina regional.
Qué pasa si circulas con un vehículo modificado sin actualizar el registro
Modificar la estructura sin autorización puede sancionarse con 5 Unidades Tributarias según el artículo 169.21 de la Ley de Transporte Terrestre (cifra no verificada contra Gaceta Oficial); además, la revisión técnica puede rechazar la inspección y la aseguradora puede objetar un siniestro.
Importante: un vehículo modificado sin actualizar el registro puede ser rechazado en la revisión técnico-mecánica, generar objeciones de la aseguradora ante un siniestro, y evidenciar la discrepancia al momento de una venta o traspaso.
Aquí está la parte que casi nadie dimensiona hasta que le pasa. Según medios especializados que citan el artículo 169, numeral 21, de la Ley de Transporte Terrestre, modificar la estructura de un vehículo sin autorización puede sancionarse con 5 Unidades Tributarias; no verificamos esta cifra directamente contra el texto de Gaceta Oficial, así que tómala como referencial y confirma el monto vigente —la Unidad Tributaria cambia de valor— antes de asumir un número exacto. Más allá de la multa, el problema práctico suele aparecer en otros momentos: en la revisión técnico-mecánica, donde un motor o una estructura que no coincide con el certificado de registro puede generar el rechazo de la inspección; en un accidente, donde la aseguradora puede objetar el pago del siniestro si el vehículo real no corresponde a los datos asegurados; y en una venta, donde el comprador —o el propio INTT al procesar el traspaso— puede detectar la discrepancia entre el vehículo físico y su certificado.
Cómo distinguirlo de otros dos trámites parecidos del INTT
La Corrección de Certificados de Registro arregla errores administrativos, no modificaciones físicas reales; la Experticia de Verificación Legal certifica la identidad y origen del vehículo y es un requisito previo de este trámite, no un sustituto.
Es fácil confundir este trámite con otros dos que suenan similares pero resuelven cosas distintas. La Corrección de Certificados de Registro, que también cubrimos en otra guía, sirve para arreglar errores administrativos en los datos ya asentados (un dato mal transcrito, por ejemplo), no para reflejar una modificación física real que hiciste al vehículo. La Experticia de Verificación Legal, por su parte, es un peritaje que certifica la identidad y el origen legal del vehículo (seriales, numeración), y aparece como documento de entrada para varios trámites, incluido este; no reemplaza el Cambio de Características, sino que es uno de sus requisitos previos.
| Tipo de vehículo | Cambios permitidos en este trámite |
|---|---|
| Vehículo particular / general | Color, motor |
| Transporte público | Color, motor, cantidad de puestos |
| Vehículo de carga | Color, motor, estructura y función (estacas, furgón, plataforma, grúa pluma, chasis para remolque) |
Aviso: Sitio informativo independiente. No estamos afiliados a ningún organismo del Estado. Realiza tus trámites únicamente en los portales oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambios en mi vehículo debo reportar al INTT?
Como mínimo, el cambio de color y de motor; en transporte público, además la cantidad de puestos; en vehículos de carga, también estructura y función.
¿Este trámite cubre la conversión a gas (GNV)?
No verificado; la página oficial de este trámite no la menciona explícitamente. Confirma con el INTT si tu conversión requiere una homologación adicional.
¿Qué documentos necesito?
Planilla Única de Trámite, factura de la modificación, cédula laminada, Certificado de Registro original, Constancia de Experticia de Verificación Legal, y póliza RC (opcional).
¿Dónde se hace el trámite?
En el portal del INTT (Planilla Única de Trámite en línea) y luego de forma presencial en la oficina regional elegida.
¿Qué pasa si circulo con el vehículo modificado sin actualizar el registro?
Puede haber sanción (medios citan 5 U.T. según el artículo 169.21 de la Ley de Transporte Terrestre, cifra no verificada contra Gaceta Oficial), además de riesgo de rechazo en la revisión técnica y objeciones del seguro en caso de accidente.
¿Es lo mismo que la Corrección de Certificados de Registro?
No. La corrección arregla errores administrativos en los datos ya asentados; el Cambio de Características actualiza el documento tras una modificación física real del vehículo.
¿Necesito la Experticia de Verificación Legal para este trámite?
Sí, es uno de los recaudos exigidos: una Constancia de Experticia de Verificación Legal original y vigente.
¿Cuánto tarda el trámite?
No verificado en las fuentes oficiales revisadas; confirma el tiempo estimado directamente en tu oficina regional del INTT.
¿Puedo hacer este trámite con un representante?
Sí, presentando un poder debidamente notariado junto con el resto de los recaudos.
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