Pensión por sobrevivientes del IVSS: quién puede solicitarla

Mujer viuda entregando acta de defuncion y acta de matrimonio a una funcionaria con una foto familiar asomando en su cartera: pension por sobrevivientes del IVSS

Que un familiar asegurado fallezca no siempre da derecho automático a esta pensión: depende de sus cotizaciones y de tu relación exacta con él. Te explico quién califica y qué hay que probar.

Aviso: Sitio informativo independiente. No estamos afiliados al IVSS ni a ningún organismo del Estado. Realiza tu trámite solo en la sede oficial. Última verificación: 14 de julio de 2026.

Cuándo se causa la pensión

Se activa por el fallecimiento de un asegurado que cumpla alguna de estas condiciones:

  • Tenía acreditadas 750 cotizaciones semanales, o
  • Cumplía los requisitos para una pensión de invalidez al momento de morir, o
  • Falleció por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, o
  • Falleció por un accidente común, estando sujeto a la obligación del Seguro Social.

Quién puede solicitarla

  • Cónyuge o concubino(a): si estuvo casado al menos 2 años, o tuvo un hijo con el fallecido. Los concubinos aplican igual si convivieron pública y notoriamente al menos 2 años, o tuvieron un hijo.
  • Hijos menores de 14 años, o mayores si tienen alguna discapacidad, o si están estudiando (hasta los 18 años).
  • Padres del fallecido: madre desde los 45 años, padre desde los 60 años (o antes, si tienen alguna discapacidad).
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Documentos que necesitas

  • Forma 14-04 (Planilla de Solicitud), original y copia.
  • Acta de defunción del asegurado.
  • Cédula de identidad del solicitante.
  • Comprobantes que acrediten el vínculo con el fallecido (acta de matrimonio, partidas de nacimiento, u otros según el caso).

Dónde se tramita

En cualquiera de las 48 Oficinas Administrativas del IVSS, sin importar tu lugar de residencia.

Dato Detalle
Organismo IVSS
Requisito del fallecido 750 cotizaciones, o cumplir criterios de invalidez, o muerte laboral/común asegurada
Beneficiarios Cónyuge/concubino, hijos, padres (según edad y condición)
Documento clave Forma 14-04 + acta de defunción + prueba del vínculo
Dónde Cualquiera de las 48 Oficinas Administrativas del IVSS

Preguntas frecuentes

¿Cualquier familiar puede pedir esta pensión?

No, solo el cónyuge o concubino, hijos menores o con discapacidad/estudiando, y los padres bajo ciertas condiciones de edad.

¿Cuánto tiempo debía estar casado con el fallecido?

Al menos 2 años, o haber tenido un hijo en común con él.

¿Qué pasa si era concubino, no cónyuge?

Aplica igual, si la convivencia fue pública y notoria por al menos 2 años, o hubo un hijo en común.

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¿Qué documentos necesito llevar?

Forma 14-04, acta de defunción, tu cédula y comprobantes del vínculo con el fallecido.

¿Dónde se tramita?

En cualquiera de las 48 Oficinas Administrativas del IVSS del país.

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