Pensión por invalidez del IVSS en Venezuela: requisitos y cómo tramitarla
La pensión de invalidez del IVSS protege al asegurado que, por enfermedad o accidente, pierde gran parte de su capacidad de trabajar. El umbral que define el derecho: haber perdido más de 2/3 (66,66%) de la capacidad laboral, de forma permanente o de larga duración. Y un dato clave que muchos ignoran: si la invalidez viene de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, NO se exigen cotizaciones previas ni hay límite de edad. En esta guía te explicamos requisitos y pasos.
Aviso: Sitio informativo independiente. No estamos afiliados al IVSS. El portal oficial es ivss.gob.ve. Verificamos cada dato en la fuente oficial. Última verificación: 16 de julio de 2026.
¿Quién se considera inválido?
El asegurado que, a causa de una enfermedad o accidente, queda con una pérdida de más de 2/3 (66,66%) de su capacidad para trabajar, de forma presumiblemente permanente o de larga duración. El grado lo determina una Comisión Evaluadora del IVSS.
Requisitos de cotizaciones
- No menos de 100 cotizaciones semanales en los tres últimos años anteriores al inicio de la invalidez.
- Un mínimo de 250 semanas cotizadas en total.
- Si el asegurado es menor de 35 años, las 250 se reducen a razón de 20 cotizaciones por cada año que le falte para esa edad (sin excluir el requisito de las 100 en los últimos 3 años).
La excepción clave: accidente laboral
Los asegurados que se invaliden por accidente de trabajo o enfermedad profesional tienen derecho a la pensión cualquiera sea su edad y sin exigírseles cotizaciones previas. Es la gran diferencia frente a la invalidez de origen común.
Cómo solicitarla paso a paso
- El médico tratante notifica tu condición con la evaluación de incapacidad residual (Forma 14-08).
- La Comisión Evaluadora determina el grado de incapacidad.
- Reúne los recaudos (cédula, Forma 14-04, constancia de trabajo) y verifica tus cotizaciones.
- Consigna la solicitud en una oficina administrativa del IVSS.
¿Tu caso es por edad o por fallecimiento? Qué hacer
- Aún debes evaluar el grado de incapacidad: empieza por la evaluación de incapacidad residual (14-08).
- Es por edad, no por invalidez: corresponde la pensión de vejez.
- Falleció el asegurado: los familiares optan a la pensión de sobrevivientes.
- Necesitas la constancia laboral: revisa la Forma 14-100.
Preguntas frecuentes
¿Qué pérdida de capacidad se exige?
Más de 2/3 (66,66%) de la capacidad para trabajar, permanente o de larga duración.
¿Cuántas cotizaciones piden?
100 en los últimos 3 años y un mínimo de 250 semanas cotizadas.
¿Hay reducción para jóvenes?
Sí; menores de 35 años reducen las 250 a razón de 20 por año que falte para esa edad.
¿Y si fue accidente de trabajo?
No se exigen cotizaciones previas ni hay límite de edad.
¿Quién determina el grado?
Una Comisión Evaluadora del IVSS.
¿Con qué formulario empieza?
Con la evaluación de incapacidad residual (Forma 14-08) que llena el médico tratante.
¿Dónde se tramita?
En las oficinas administrativas del IVSS.
Para trámites relacionados, revisa la evaluación de incapacidad residual (14-08), la pensión de vejez y la pensión de sobrevivientes. Y explora la guía completa de trámites para venezolanos.
Trámites relacionados
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