Visa VIRTE en Ecuador para venezolanos: qué es, requisitos y si todavía se puede tramitar

Visa VIRTE en Ecuador para venezolanos: qué es, requisitos y si todavía se puede tramitar

La Visa de Residencia Temporal de Excepción (VIRTE) fue, entre 2022 y 2024, la puerta principal de regularización migratoria para venezolanos en Ecuador, pero la solicitud nueva cerró el 5 de abril de 2024 y no existe hoy un mecanismo equivalente y abierto. Si llevas un tiempo buscando información sobre la VIRTE en foros y grupos de venezolanos en Ecuador, probablemente ya notaste que buena parte de lo que circula tiene fecha de vencimiento: se escribió cuando el trámite estaba abierto, y hoy ya no lo está. La Visa de Residencia Temporal de Excepción (VIRTE) fue, entre 2022 y 2024, la puerta principal de regularización migratoria para venezolanos en situación irregular en Ecuador. Pero esa puerta como solicitud nueva ya se cerró, y encima el terreno legal alrededor de ella se movió más de una vez en 2024 y 2025. Antes de que pierdas tiempo llenando un formulario que ya no aplica a tu caso, vale la pena entender exactamente en qué momento del proceso estás y qué opciones reales te quedan.

Qué es la VIRTE y de dónde salió

La VIRTE nació del Decreto Ejecutivo N.º 436 del 1 de junio de 2022 para venezolanos que ingresaron a Ecuador de forma regular hasta esa fecha, con tres pasos secuenciales: registro ante el Ministerio del Interior, solicitud de visa ante Cancillería, y cedulación ante el Registro Civil.

La VIRTE nació del Decreto Ejecutivo N.º 436, firmado el 1 de junio de 2022, que declaró una amnistía migratoria y estableció un proceso extraordinario de regularización para ciudadanos venezolanos y su grupo familiar que hubieran ingresado a Ecuador de forma regular, por un punto de control migratorio oficial, hasta esa fecha. El proceso completo tenía tres pasos secuenciales, cada uno a cargo de una institución distinta:

  1. Registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior.
  2. Solicitud de la visa VIRTE ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (Cancillería).
  3. Cedulación ante el Registro Civil, una vez aprobada la visa.

Si entraste a Ecuador después de esa fecha de corte, o lo hiciste por un paso no oficial, la VIRTE nunca fue la vía que te correspondía; ese fue precisamente el criterio que más solicitudes dejó fuera del proceso.

Las fechas que ya se cerraron (y por qué importan aunque ya pasaron)

El registro de permanencia migratoria se abrió el 1 de septiembre de 2022 y cerró el 15 de agosto de 2023; la solicitud de la visa VIRTE ante Cancillería cerró definitivamente el 5 de abril de 2024, así que cualquier oferta de «ayuda» para tramitarla desde cero hoy debe verse con desconfianza.

El registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior se abrió el 1 de septiembre de 2022 y cerró el 15 de agosto de 2023. Con ese registro en mano, la solicitud de la visa VIRTE ante Cancillería se habilitó desde el 1 de octubre de 2022, con un plazo que se fue extendiendo hasta una fecha límite final: el 5 de abril de 2024. Después de esa fecha, Cancillería dejó de aceptar solicitudes nuevas de VIRTE para venezolanos. Esto no es un dato histórico sin importancia: si alguien te ofrece «ayuda» para tramitar una VIRTE desde cero hoy, o ves un formulario circulando que promete iniciar el proceso, es momento de desconfiar, porque la ventana de solicitud nueva no existe desde abril de 2024.

Importante: La ventana de solicitud nueva de la VIRTE no existe desde el 5 de abril de 2024; desconfía de cualquier oferta de «ayuda» para tramitarla desde cero hoy o de formularios que prometan iniciar el proceso.

Qué pedía el trámite mientras estuvo abierto

Los requisitos originales de la VIRTE exigían pasaporte vigente o vencido hace no más de cinco años, cédula venezolana vigente, certificados de antecedentes penales de origen y de Ecuador, con un costo de 50 dólares por el formulario más 10 dólares por la cedulación; la visa se otorgaba por dos años, renovable una sola vez.

Para que tengas el cuadro completo (y puedas reconocer si en algún momento tu expediente quedó a medias), los requisitos de la solicitud original eran: pasaporte vigente o vencido hace no más de cinco años, cédula venezolana vigente, un certificado de que no tenías antecedentes judiciales, penales o policiales en tu país de origen y en cualquier país donde hubieras residido en los últimos cinco años, y un certificado de que tampoco tenías antecedentes penales en Ecuador. Para menores de 9 años bastaba con la partida de nacimiento. El costo era de 50 dólares por el formulario de solicitud de la visa más 10 dólares por la orden de cedulación, con exoneración total para personas con una discapacidad certificada del 30% o más. La visa, una vez otorgada, tenía una vigencia de dos años, renovable por una sola vez por un período igual.

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El giro de 2024: una segunda oportunidad que duró poco

En agosto de 2024, el Decreto Ejecutivo N.º 370 abrió una segunda oportunidad de ocho meses para quienes tenían el registro de permanencia caducado sin visa, pero el presidente Daniel Noboa lo derogó mediante el Decreto Ejecutivo N.º 560 del 11 de marzo de 2025, sin detallar qué pasaría con quienes ya estaban a mitad de proceso.

Aquí es donde la historia se complica y donde más desinformación circula. En agosto de 2024, el gobierno ecuatoriano emitió el Decreto Ejecutivo N.º 370, que abrió una nueva etapa extraordinaria de regularización, pensada específicamente para venezolanos que sí habían completado el registro de permanencia migratoria bajo el Decreto 436, pero cuyo certificado de registro había caducado sin que hubieran llegado a obtener la visa. El Decreto 370 les permitía renovar ese certificado y les otorgaba una autorización de permanencia de ocho meses para, dentro de ese plazo, solicitar una visa de residencia temporal. En otras palabras: una segunda chance para quienes se quedaron a mitad de camino en el proceso original. Esa segunda chance, sin embargo, no duró ni un año completo: el presidente Daniel Noboa derogó el Decreto 370 mediante el Decreto Ejecutivo N.º 560, del 11 de marzo de 2025, cerrando también esta vía. El mismo Decreto 560 instruyó a Cancillería iniciar el proceso de denuncia del Estatuto Migratorio que Ecuador mantenía con Venezuela desde 2011. Los medios que cubrieron la derogatoria coincidieron en algo importante: el decreto no detalló públicamente qué pasaría con las personas que estaban a mitad del proceso de regularización bajo el Decreto 370, lo que generó semanas de incertidumbre real entre quienes ya habían iniciado trámites.

La renovación de VIRTE sigue siendo distinta (y sí funciona)

Desde el 27 de septiembre de 2024, Cancillería habilita en la plataforma eVISAS la renovación de visas VIRTE vigentes, dentro de los 30 días previos al vencimiento; es un derecho incorporado en la visa original, no una gracia del Decreto 370, así que no debería verse afectado por su derogatoria.

Que se haya cerrado tanto la solicitud original como la segunda oportunidad del Decreto 370 no significa que la VIRTE como visa haya dejado de existir para quienes ya la tienen. El 27 de septiembre de 2024, Cancillería habilitó en la plataforma eVISAS (serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec) el servicio de renovación de visas VIRTE, dirigido a quienes mantienen una visa vigente y se encuentran dentro de los 30 días previos a su vencimiento. El trámite se hace completamente en línea, usando las credenciales con las que te registraste originalmente. Este mecanismo de renovación es un derecho que viene incorporado en la visa original del Decreto 436 —»renovable por una sola ocasión»—, no una gracia del Decreto 370, así que en principio no debería verse afectado por la derogatoria de marzo de 2025. Aun así, dado lo cambiante que ha sido este terreno legal en los últimos dos años, si tu VIRTE está por vencer conviene confirmar en la propia plataforma eVISAS o directamente en cancilleria.gob.ec que el servicio sigue operando en los mismos términos antes de esperar hasta el último momento.

Lo que casi nadie te dice: el clima migratorio en Ecuador se endureció después de la VIRTE

Desde el 1 de septiembre de 2025, Ecuador exige visa de turista o tránsito a venezolanos para ingresar, reforzada en enero de 2026, con filtros biométricos de reconocimiento facial en pasos fronterizos como Rumichaca e Inmaculada Concepción desde octubre de 2025; esto no afecta a quien ya se regulariza dentro de Ecuador.

Más allá de la VIRTE misma, vale la pena que sepas hacia dónde se movió la política migratoria ecuatoriana en general, porque afecta a quien piense entrar o volver a entrar al país. Desde el 1 de septiembre de 2025, Ecuador exige visa de turista o de tránsito a ciudadanos venezolanos para ingresar, un requisito que se reforzó en enero de 2026. Los pasos fronterizos terrestres —como Rumichaca, en el límite con Colombia, e Inmaculada Concepción, en el límite con Perú— incorporaron desde octubre de 2025 filtros biométricos con reconocimiento facial, revisión digital de visados y entrevistas orales sobre el motivo del viaje. Si tu plan es regularizarte estando ya dentro de Ecuador, esto no te afecta directamente; pero si estás pensando en salir y volver a entrar mientras gestionas algo, o en traer a un familiar desde Venezuela o desde un tercer país, este endurecimiento cambia por completo lo que hace un año era un cruce relativamente simple.

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Si nunca llegaste a tener VIRTE: qué te queda

No existe hoy, verificado en esta revisión, un mecanismo de regularización extraordinaria equivalente a la VIRTE; las vías que quedan son el régimen general de visados de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (relación laboral, vínculo familiar, razones humanitarias), con requisitos y tiempos distintos a un proceso masivo.

Si tu situación es la de alguien que nunca completó el registro de permanencia, que lo completó pero nunca alcanzó a pedir la visa antes de abril de 2024, o que tampoco calificó para la segunda oportunidad del Decreto 370 antes de su derogatoria en marzo de 2025, la honestidad obliga a decir que no existe hoy, verificado en esta revisión, un mecanismo de regularización extraordinaria nuevo y abierto para venezolanos en Ecuador equivalente a la VIRTE. Las vías que quedan son las del régimen general de visados de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (por ejemplo, por relación laboral, vínculo familiar con ecuatoriano o residente permanente, o razones humanitarias evaluadas caso por caso), que tienen requisitos y tiempos distintos a los de un proceso masivo como fue la VIRTE. La recomendación más responsable en este punto es acudir a la Defensoría Pública del Ecuador o a organizaciones especializadas en movilidad humana venezolana para una evaluación de tu caso puntual, en lugar de confiar en atajos que circulan en redes sociales.

Hito Norma Período Estado a julio de 2026
Registro de permanencia migratoria Decreto 436 (2022) 1 sept. 2022 – 15 ago. 2023 Cerrado
Solicitud de visa VIRTE (primera vez) Decreto 436 (2022) 1 oct. 2022 – 5 abr. 2024 Cerrado
Renovación de VIRTE ya obtenida Anuncio Cancillería vía eVISAS Desde 27 sept. 2024 Operativo, solo para quien ya tiene VIRTE vigente
Segunda oportunidad de registro («VIRTE II») Decreto 370 (ago. 2024) Ago. 2024 – 11 mar. 2025 Derogado por Decreto 560
Visa de turista/tránsito para entrar a Ecuador Reforma a la LOMH Desde 1 sept. 2025, reforzada ene. 2026 Vigente

Aviso: Sitio informativo independiente. No estamos afiliados a ningún organismo del Estado. Realiza tus trámites únicamente en los portales oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa VIRTE?

Visa de Residencia Temporal de Excepción, creada por el Decreto Ejecutivo 436 del 1 de junio de 2022 para regularizar a venezolanos en situación irregular que habían entrado a Ecuador por un paso oficial.

¿Todavía puedo solicitar la VIRTE por primera vez?

No. La solicitud de nuevas visas VIRTE para venezolanos cerró el 5 de abril de 2024; desde entonces no hay un mecanismo equivalente y abierto.

Ya tengo VIRTE vigente, ¿puedo renovarla?

Sí. Desde el 27 de septiembre de 2024, Cancillería habilitó la renovación en línea vía la plataforma eVISAS, para quienes están dentro de los 30 días previos al vencimiento de su visa.

¿Qué fue el Decreto 370 y sigue vigente?

Fue una segunda etapa extraordinaria de regularización abierta en agosto de 2024 para quienes tenían el registro caducado sin visa. Fue derogada por el Decreto Ejecutivo 560, del 11 de marzo de 2025.

¿Cuánto dura la visa VIRTE y cuántas veces se renueva?

Dos años de vigencia, renovable por una sola ocasión por un período igual, según las condiciones originales del Decreto 436.

¿Cuánto costaba tramitar la VIRTE cuando estaba abierta?

50 dólares por el formulario de solicitud y 10 dólares por la orden de cedulación, con exoneración total para personas con discapacidad certificada del 30% o más.

Si nunca completé el proceso, ¿qué opciones me quedan hoy?

No se verificó un mecanismo extraordinario nuevo y abierto equivalente a la VIRTE; conviene consultar el régimen general de visados de la Ley Orgánica de Movilidad Humana o acudir a la Defensoría Pública del Ecuador para evaluar tu caso.

¿Sigue siendo fácil entrar a Ecuador como venezolano?

No en los mismos términos que antes: desde el 1 de septiembre de 2025 se exige visa de turista o tránsito a venezolanos, reforzada en enero de 2026, con controles biométricos en pasos fronterizos terrestres desde octubre de 2025.

Una vez que tengo la visa VIRTE, ¿qué sigue?

El siguiente paso es la cedulación ante el Registro Civil, que se explica en la guía de cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros de esta misma sección.

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